¿Es posible amparar la culpa grave del contratista en el seguro de responsabilidad civil?
En el seguro de responsabilidad civil extracontractual excepcionalmente es posible dar cobertura a los perjuicios que se le causen a terceros como consecuencia de la culpa grave del contratista. Al respecto debe tenerse en cuenta que el Decreto 1082 de 2015 no dispone nada sobre este particular y por lo tanto, que el seguro de responsabilidad civil extracontractual ampare o no la culpa grave del contratista, dependerá del acuerdo al que llegue el contratista con la aseguradora en su calidad de tomador del seguro.
Fuente: Código de Comercio, artículo 1127.