¿La cláusula de proporcionalidad aplica para el seguro de responsabilidad civil extracontractual?

La cláusula de proporcionalidad solo aplica al seguro de cumplimiento y por lo tanto solo es posible pactarla en ese tipo de póliza.  Según esta cláusula en caso de presentarse incumplimientos parciales del garantizado (contratista), la indemnización de perjuicios a cargo de la aseguradora será proporcional al porcentaje de la obligación incumplida, con respecto al valor asegurado. En los seguros de cumplimiento en favor de Entidades Estatales no es posible incluir esta cláusula (artículo 2.2.1.2.3.2.4).

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