Seguro de Responsabilidad Civil Extracontractual

¿La restricción en las exclusiones que se pueden pactar en el seguro de cumplimiento, según lo previsto en el artículo 2.2.1.2.3.2.3 del Decreto 1082 de 2015, es aplicable al seguro de responsabilidad civil extracontractual?

No. La restricción en el pacto de exclusiones de que trata el artículo 2.2.1.2.3.2.3 del Decreto 1082 de 2015 es únicamente aplicable al seguro que ampara el cumplimiento de los contratos suscritos por las Entidades Estatales y no puede extenderse al seguro de responsabilidad civil extracontractual.

Fuente: Decreto 1082 de 2015.

¿Es posible pactar deducibles en el seguro de responsabilidad civil extracontractual?

Si se pueden pactar deducibles en este seguro, sin embargo, de acuerdo con lo establecido en el artículo 2.2.1.3.3.2.10 del Decreto 1082 de 2015, la asunción del deducible no podrá estar a cargo de la entidad estatal, y por lo tanto estará a cargo del contratista tomador del seguro.

Fuente: Decreto 1082 de 2015.

¿Es posible pactar deducibles en valores en pesos?

Si es posible pactar deducibles en valores en pesos, siempre y cuando no excedan el 10% del valor de la pérdida (siniestro) ni 2.000 SMMLV, de acuerdo con lo previsto en artículo 2.2.1.3.3.2.10 del Decreto 1082 de 2015.

En atención a lo anterior, cuando los deducibles se pacten en valores en pesos, también debe hacerse referencia a que máximo será el 10% del valor del siniestro, pues no es posible conocer desde el momento de la expedición del seguro cuál será este valor.

¿Qué es el seguro de responsabilidad civil extracontractual?

El seguro de responsabilidad civil extracontractual transfiere el Riesgo a la aseguradora de reparar a la víctima (tercero) por un actuar que genere responsabilidad civil en cabeza del asegurado. De esta forma el asegurado protege su patrimonio pues no tendrá que asumir el pago de estos perjuicios que serán indemnizados por la compañía de seguros. En los Procesos de Contratación sólo son admisibles como garantía de responsabilidad civil extracontractual los contratos de seguro.

¿Además del contrato de obra, en qué otro tipo de contratos resulta necesario solicitar un seguro de responsabilidad civil extracontractual?

No es posible realizar una lista taxativa de los contratos estatales en los que se deba requerir un seguro de responsabilidad civil extracontractual al contratista. Su solicitud depende de la evaluación de riesgos que realice la entidad en atención al objeto y naturaleza de cada contrato, para lo cual debe tenerse en cuenta si en la ejecución del correspondiente contrato existe el riesgo de que el contratista pueda generarle daños a terceros

Fuente: Decreto 1082 de 2015, artículo 2.2.1.2.3.1.5.

¿Qué amparos se deben incluir el seguro de responsabilidad civil extracontractual?

Los amparos o coberturas definen los eventos en los cuales la aseguradora es responsable del pago de una indemnización tras la celebración del contrato de seguro. A través de ellos se define y delimita el riesgo que se transfiere a la compañía de seguros.

Tratándose el seguro de responsabilidad civil extracontractual, lo anterior se traduce en que la compañía de seguros responde por los daños que se generen por las acciones y omisiones de los asegurados, en tanto su actuar se encuentre enmarcado en los amparos de la póliza.

¿Cuál es la diferencia entre los amparos de la póliza de responsabilidad civil extracontractual, y los perjuicios que deben ser cubiertos?

La diferencia entre los amparos de la póliza de responsabilidad civil extracontractual, y los perjuicios que se deben reconocer bajo este seguro:

¿En qué consiste el amparo/cobertura de predios, labores y operaciones?

Bajo este amparo se otorga cobertura a los daños que se le causen a terceros como consecuencia de la actividad del contratista por: i) la posesión, el uso y el mantenimiento de los predios en los que ejecuta el contrato, ii) las labores y operaciones del contratista relativas a la ejecución del contrato.

Ejemplo: El objeto del contrato es la construcción de un edificio. Durante la ejecución del contrato se deja caer un vidrio sobre un vehículo estacionado en la vía pública causándole daños. La aseguradora asumirá el pago de la indemnización al propietario del vehículo.

¿En qué consiste el amparo de contratistas y subcontratistas?

La aseguradora cubre los daños que se le causen a terceros que sean consecuencia de los hechos u omisiones de los contratistas y subcontratistas que el contratista principal utilice para la ejecución de la obra.

Ejemplo: El contrato consiste en la construcción de un edificio. Durante la ejecución del contrato el contratista principal subcontrata la instalación de las ventanas y la firma subcontratista deja caer un vidrio sobre un vehículo estacionado en la vía pública causándole daños. La aseguradora asumirá el pago de la indemnización al propietario del vehículo.

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