¿La restricción en las exclusiones que se pueden pactar en el seguro de cumplimiento, según lo previsto en el artículo 2.2.1.2.3.2.3 del Decreto 1082 de 2015, es aplicable al seguro de responsabilidad civil extracontractual?

No. La restricción en el pacto de exclusiones de que trata el artículo 2.2.1.2.3.2.3 del Decreto 1082 de 2015 es únicamente aplicable al seguro que ampara el cumplimiento de los contratos suscritos por las Entidades Estatales y no puede extenderse al seguro de responsabilidad civil extracontractual.

Fuente: Decreto 1082 de 2015.

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