Seguro de Responsabilidad Civil Extracontractual

¿La cláusula de proporcionalidad aplica para el seguro de responsabilidad civil extracontractual?

La cláusula de proporcionalidad solo aplica al seguro de cumplimiento y por lo tanto solo es posible pactarla en ese tipo de póliza.  Según esta cláusula en caso de presentarse incumplimientos parciales del garantizado (contratista), la indemnización de perjuicios a cargo de la aseguradora será proporcional al porcentaje de la obligación incumplida, con respecto al valor asegurado. En los seguros de cumplimiento en favor de Entidades Estatales no es posible incluir esta cláusula (artículo 2.2.1.2.3.2.4).

¿Qué es la cláusula de indemnidad? ¿Esta cláusula tiene incidencia en el seguro de responsabilidad civil extracontractual?

Es una cláusula que se pacta entre la entidad contratante y el contratista, en virtud de la cual éste último se obliga a mantener a la entidad libre de toda reclamación que tenga origen en las actuaciones el contratista a través de las cuales se causen daños a terceros. En la contratación pública esta cláusula puede incluirse en los contratos estatales según el análisis de riesgo que se realice para determinado contrato estatal.

¿Qué es el seguro de responsabilidad civil extracontractual?

El seguro de responsabilidad civil extracontractual transfiere el Riesgo a la aseguradora de reparar a la víctima (tercero) por un actuar que genere responsabilidad civil en cabeza del asegurado. De esta forma el asegurado protege su patrimonio pues no tendrá que asumir el pago de estos perjuicios que serán indemnizados por la compañía de seguros. En los Procesos de Contratación sólo son admisibles como garantía de responsabilidad civil extracontractual los contratos de seguro.

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