¿Cuál es la consecuencia jurídica y técnica si un proponente plural (consorcio o unión temporal) presenta su propuesta a través de la cuenta inscrita de un proponente singular?
La presentación de las ofertas debe atender a lo indicado en los pliegos de condiciones del Proceso de Contratación y el Manual de uso del SECOP II - Proveedores. El Manual indica la forma de crear ofertas, así como los procedimientos para que un proponente plural presente una oferta en SECOP II.