No, la comisión de estudios es una situación administrativa y el acto por el cual se autoriza la misma no es un contrato en los términos del Sistema de Compra Pública, toda vez que la comisión es una condición en la cual se encuentra el funcionario en relación con la Entidad en la cual presta sus servicios por un momento determinado. En consecuencia, los contratos o convenios que se celebren para autorizar la comisión de estudios no deberán ser publicados en el SECOP.
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