Colombia Compra Eficiente tiene previsto diseñar un Instrumento de Agregación de Demanda de conformidad con las facultades establecidas por el Decreto Ley 4170 de 2011, en especial por lo establecido por el numeral 7 del artículo 3, para unificar el poder de negociación del Estado como comprador, unificando los términos y condiciones de la gestión de abastecimiento de estos servicios, lo anterior teniendo en consideración que el Decreto 1860 de 2021 en su numeral 2.2.1.2.1.5.4 dispone que “La Agencia Nacional de Contratación Pública - Colombia Compra Eficiente definirá en un plazo no mayor a tres (3) meses contados a partir de la publicación de este Decreto, las reglas para la creación y utilización de los catálogos de bienes o servicios derivados de instrumentos de agregación de demanda con Mipyme, así como con grandes almacenes, en la Tienda Virtual del Estado Colombiano, a los cuales podrán acudir las Entidades Estatales para celebrar contratos hasta por el monto de la mínima cuantía.”
En el desarrollo de esta tarea, la Agencia pública los documentos proyectados para estructurar dicho instrumento para comentarios por parte de todos los interesados. Por favor dirija sus comentarios, inquietudes y observaciones al correo agregaciondedemanda@colombiacompra.gov.co hasta el 12 de julio de 2022.
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