Si, las actuaciones de las Entidades Estatales están circunscritas por los deberes del artículo 209 de la Constitución Política, que se refleja en el deber de impedir la arbitrariedad. En un proceso competitivo enfocado a obtener los mejores resultados en términos de valor por dinero se debe permitir a los interesados presentar sus observaciones a las decisiones de la Entidad Estatal.
El ámbito de aplicación del debido proceso se extiende a las autoridades administrativas, las cuales deben permitir a los interesados presentar sus argumentos para controvertir a las Entidades Estatales.
Fuente: Constitución Política artículos 29 y 209
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