¿La garantía de estabilidad y calidad de la obra puede establecerse por un término inferior a 5 años?

Es posible establecer la garantía de estabilidad y calidad de la obra por un término inferior siempre y cuanto la Entidad Estatal justifique técnicamente con apoyo de un experto en la materia objeto del contrato, la razón para exigir la garantía por un término inferior a 5 años.

A continuación, se presentan algunos ejemplos en los que se ha justificado técnicamente una vigencia del amparo de estabilidad inferior a 5 años:

  1. Obras de emergencia y manejo de aguas (jarillones, muros de contención, gaviones)
  2. Mantenimiento rutinario o periódico de vías
  3. Bacheo o reparación localizada de pavimento
  4. Reparación de fallas viales
  5. Fresado de vías
  6. Conformación y cuneteo de la calzada existente
  7. Mejoramiento de la subrasante

Fuente: Decreto 1082 de 2015, artículo 2.2.1.2.3.1.14.

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