El Decreto 1082 de 2015 no hace referencia a la cobertura del pago de los aportes que realiza el empleador a los llamados “aportes parafiscales”, correspondientes a Cajas de Compensación, ICBF y SENA. El amparo de salarios, prestaciones sociales legales e indemnizaciones laborales, solo podrá ser afectado cuando se generen perjuicios a la Entidad Estatal por la falta de pago del contratista de alguno de estos tres conceptos.
Fuente: Decreto 1082 de 2015, numeral 4 del artículo 2.2.1.2.3.1.7.
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