¿Pueden las aseguradoras expedir seguros de cumplimiento para amparar contratos cuya vigencia ya terminó?

No porque: i) El riesgo asegurable es uno de los elementos esenciales del contrato de seguro. ii) Ese riesgo debe ser incierto y futuro.

Fuente: Código de Comercio, Artículo 1045 y Artículo 1054.

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