Las Entidades deben indicar en la etapa de planeación las garantías que van solicitar. Con el fin de mitigar la exposición a los riesgos previsibles, los funcionarios encargados deben elaborar un sistema de administración de Riesgos, para lo cual deben:
- Establecer el contexto en el cual se adelanta el Proceso de Contratación.
- Identificar y clasificar los Riesgos del Proceso de Contratación.
- Evaluar y calificar los Riesgos.
- Asignar y tratar los Riesgos.
- Monitorear y revisar la gestión de los Riesgos.
Fuente: Artículo 2.2.1.1.2.1.1 del decreto 1082 de 2015
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