Durante cerca de cinco meses, en caso de segunda vuelta presidencial, la contratación directa, por parte del Estado, estará paralizada. Es decir, que solo se podrán adjudicar obras a través de licitación pública y los convenios entre el Gobierno y los entes territoriales y departamentales tendrían que haber sido pactados antes del 11 de noviembre, justo cuatro meses antes de la elección de Congreso, el 11 de marzo.
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A partir de hoy y hasta que sea elegido el nuevo presidente de la República rige en Colombia la segunda fase de la llamada Ley de Garantías Electorales (Ley 996 del 2005), con la que se pretende blindar los recursos públicos para que no sean usados a favor de ninguno de los candidatos en contienda.
A partir de la medianoche las entidades públicas no podrán celebrar contratos de forma directa, dado a que entrará en vigencia la Ley de Garantías, así lo afirmó Juan David Duque Botero, presidente de Colombia Compra Eficiente
El informe de la Comisión también revisa el sistema de compras y contratación pública. Indica que se deben poner en orden las normas de contratación para favorecer procesos competitivos, evitar casos de corrupción y mejorar los precios en las adquisiciones que realiza el Estado. Junto con ese nuevo marco normativo, el gerente deberá fortalecer y ampliar la agencia Colombia Compra Eficiente y reducir la discrecionalidad que tienen algunas áreas de la empresa, como las contrataciones de defensa y seguridad o los arrendamientos de inmuebles.
De la misma manera, si es una entidad pública se debe estar inscrito en la página web de la entidad contratante, en el software que dicha entidad maneje, paralelamente ante el SIGEP (Sistema de Información y Gestión del Empleo Público) y ahora es también una obligación, estar registrado en el SECOP II (Sistema Electrónico de Contratación Pública) o también llamado Colombia Compra Eficiente, con hoja de vida actualizada y todos sus anexos.