A partir del lunes 11 de marzo de 2019 todas las entidades que requieran iniciar procesos bajo la modalidad de contratación directa o procesos de régimen especial deben realizarlos a través del SECOP I.
Los procesos iniciados antes del 11 de marzo de 2019 podrán continuar su gestión en la plataforma del SECOP II.
Los procesos que se celebren en el marco del Decreto 092 de 2017, deberán publicarse temporalmente en el SECOP I hasta nuevo aviso de Colombia Compra Eficiente.