Si se pueden pactar deducibles en este seguro, sin embargo, de acuerdo con lo establecido en el artículo 2.2.1.3.3.2.10 del Decreto 1082 de 2015, la asunción del deducible no podrá estar a cargo de la entidad estatal, y por lo tanto estará a cargo del contratista tomador del seguro.
Fuente: Decreto 1082 de 2015.
Sección: