¿La Entidad Estatal puede establecer un rango de precios para sus proponentes en los procesos de selección de mínima cuantía?

La normativa del Sistema de Compra Pública no contempla un rango de precios sobre el cual el oferente debe presentar su oferta económica en los Procesos de Contratación de mínima cuantía. Sin embargo, establecer rangos mínimos para presentar la oferta económica en un Proceso de Contratación de mínima cuantía, desnaturaliza el proceso, pues el precio es el factor de selección; en todo caso, la Entidad Estatal debe incluir en la invitación a participar el respectivo presupuesto del Proceso de Contratación.

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