El control social es el derecho y el deber de los ciudadanos a participar, de manera individual o a través de sus organizaciones, redes sociales e instituciones, en la vigilancia de la gestión pública y sus resultados de acuerdo con lo establecido en la regulación aplicable y correcta utilización de los recursos y bienes públicos.
El concepto ampliado lo brindan los artículos 60, 61 y 63 de la Ley 1757 de 2015 Se entiende por veeduría ciudadana el mecanismo democrático de representación que le permite a los ciudadanos o a las diferentes organizaciones comunitarias ejercer vigilancia sobre la gestión pública, a las autoridades administrativas, políticas, judiciales, electorales, legislativas y órganos de control, así como de las entidades públicas o privadas, organizaciones no gubernamentales de carácter nacional o internacional que operen en el país y que estén encargadas de la ejecución de un programa, proyecto, contrato o de la prestación de un servicio público. Para conocer más información sobre el funcionamiento de las veedurías, ver la Ley 850 de 2003
- Publicación de la información contractual
- Ejecución presupuestal
- Informes de gestión, evaluación y auditoría
- Normativa
- Veeduria ciudadana
- Espacios de rendición de cuentas
- Canal de denuncias
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Correo electrónico de la Red Interinstitucional de Transparencia y Anticorrupción:
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