SECOP II

¿Cuándo inició el registro de Proveedores y Entidades Estatales en SECOP II?

El registro de Proveedores empezó el 16 de febrero de 2015. Algunas Entidades Estatales (Compradores) empezaron a utilizar el SECOP II a partir del 16 de marzo de 2015.

¿El SECOP II es solo para las Entidades Estatales y los proveedores?

No. La plataforma también permite que los ciudadanos consulten la información publicada. Los interesados tienen una opción de búsqueda pública en el SECOP II la cual no requiere registro y permite ver los Procesos de Contratación de las Entidades Estatales, el avance de los mismos y los Documentos del Proceso. Para verlos, solo tienen que hacer clic en la pestaña Buscar Proceso de Contratación ubicada en la barra superior de la web e iniciar la búsqueda.

¿Quién actualiza la información de los proveedores en el SECOP II?

El Proveedor registrado en el SECOP II es responsable de la actualización de su información.

¿Se debe publicar en el SECOP los contratos celebrados con recursos producto de la cooperación internacional?

Si, pues de conformidad con lo establecido en el parágrafo 2 del artículo 20 la Ley 1150 de 2007, las Entidades Estatales que celebren contratos con recursos de Organismos Internacionales tendrán la obligación de reportar dicha información en el SECOP.

¿Las Entidades Estatales deben publicar en el SECOP los contratos o convenios de comisión de estudios?

No, la comisión de estudios es una situación administrativa y el acto por el cual se autoriza la misma no es un contrato en los términos del Sistema de Compra Pública, toda vez que la comisión es una condición en la cual se encuentra el funcionario en relación con la Entidad en la cual presta sus servicios por un momento determinado. En consecuencia, los contratos o convenios que se celebren para autorizar la comisión de estudios no deberán ser publicados en el SECOP.

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