¿Cómo realizar la numeración de contratos en el SECOP II?

El SECOP II tiene un campo para indicar el número del contrato el cual con ocasión del proceso de firma electrónica del contrato puede que no sea lineal en el tiempo. La normativa de archivo obliga a numerar (incluso en orden cronológico) únicamente los actos administrativos.

En el momento de creación del contrato, dentro de “Información General” en numeral 1 del Formulario del contrato, se encuentra el ID del Contrato en SECOP que es el consecutivo que arroja la plataforma, y el Número del Contrato, este último campo es editable y la Entidad Estatal puede nombrar o enumerar el contrato de acuerdo con las directrices internas.

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