La manifestación de interés al igual que la presentación de oferta debe hacerse por parte del proponente plural conformado en la plataforma. Los documentos o comunicaciones realizadas por un proveedor utilizando un procedimiento distinto a lo previsto en los Documentos del Proceso, y de acuerdo a las condiciones previstas en las Guías de uso del SECOP II, no constituyen oferta, un documento presentado desde un proponente singular integrante de un proponente plural; no constituye oferta y en consecuencia no podría ser evaluada.
Fuente: Decreto 1082 de 2016, Numeral 1 y 2 del artículo 2.2.1.2.1.2.20, Ley 1150 de 2007, Numeral 1 del artículo 5, Ley 80 de 1993 artículo 24, Artículo 4 de la Ley 527 de 1999
Guía rápida para Manifestar interés a través del SECOP II https://www.colombiacompra.gov.co/sites/cce_public/files/cce_documentos/20170404_manifestar_interes_proveedor.pdf
Guía rápida para la creación de proponentes plurales en el SECOP II, https://www.colombiacompra.gov.co/sites/cce_public/files/cce_documentos/20170323_guia_proponente_plural_version_revisada.pdf