En Ley de Garantías, mandatarios regionales no podrán celebrar contratos interadministrativos

Bogotá, 16 de junio de 2015.- Colombia Compra Eficiente –como ente rector del sistema de compras y contratación pública– expidió la Circular Externa No. 18 en la que recuerda a los gobernadores y alcaldes la prohibición de celebrar contratos o convenios interadministrativos para ejecutar recursos públicos cuatro meses antes de las elecciones, de acuerdo con la Ley de Garantías (996 de 2005).

De acuerdo con la norma, cuatro meses antes de las elecciones, ninguna Entidad Estatal del orden territorial puede celebrar convenios o contratos interadministrativos para ejecutar los recursos públicos “sin importar la naturaleza o el orden nacional o territorial de la otra entidad contratante”. Esta prohibición opera entre el 25 de junio y el 26 de octubre, es decir la prohibición termina el día siguiente de la jornada electoral para elegir gobernadores, alcaldes, diputados, concejales y ediles para el periodo 2016 – 2020.

En la circular, Colombia Compra Eficiente explica que la prohibición es exclusivamente para los contratos o convenios interadministrativos para ejecutar recursos públicos y no afecta los demás Procesos de Contratación (incluyendo contratación directa).

Las prórrogas, modificaciones, adiciones, o cesiones de los convenios interadministrativos firmados antes del 25 de junio están permitidas siempre y cuando “cumplan con los principios de planeación, transparencia y responsabilidad”.

La Circular Externa No. 18 fue expedida el pasado 12 de junio, está dirigida a todos los partícipes del sistema de compra y contratación pública, y firmada por María Margarita Zuleta, directora de general de Colombia Compra Eficiente.

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