Restricciones del Programa de Alimentación Escolar

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En 2015 Colombia Compra Eficiente estudió la información disponible en el SECOP sobre el Programa de Alimentación Escolar para buscar instrumentos y mecanismos que mejoren su contratación.

El primer problema que enfrentamos fue la falta de información. No hay claridad sobre el número de beneficiarios del PAE, sus grupos etarios, la ubicación exacta de los centros educativos, la infraestructura existente en los centros educativos para poder establecer a qué pueden obligarse las Secretarias de Educación en materia de infraestructura y a qué no.

El segundo gran problema tiene que ver con las restricciones propias del Programa de Alimentación Escolar, minutas que no tienen relación directa con la calidad y la oferta de alimentos en las regiones, el manejo presupuestal no permite contratos mayores a una vigencia, lo cual afecta el flujo de caja de los contratistas y, en consecuencia, los incentivos a las inversiones de los proveedores y la calidad de los alimentos.

El tercer elemento es que el Programa de Alimentación Escolar tiene un problema relativo a su arreglo institucional. El hecho de que haya dos esquemas de operación independientes con responsables distintos afecta la equidad que debe garantizar el Programa. El Ministerio de Educación tiene unas responsabilidades que tiene una cobertura mayor a su poder de ejecución. Las Entidades Territoriales no tienen capacidad suficiente y no hay un principal que pueda (a) hacer recomendaciones de logística para la prestación del servicio; (b) definir guías de compra para las Entidades Territoriales Certificadas en Educación y de elaboración de estudios de mercado y particularmente de costos; (c) asesoría sobre la selección de esquemas de provisión; (d) propuesta de menús que garanticen los requerimientos nutricionales con la flexibilidad suficiente para responder a las variaciones del mercado.

De otro lado, el Programa de Alimentación Escolar no ha sido aprovechado en la política agraria como herramienta para formalizar y fomentar las actividades de la agricultura local de pequeña escala.  La compra de alimentos para el Programa de Alimentación Escolar puede convertirse en una herramienta para la sostenibilidad de la agricultura en las Entidades Territoriales. 

El abuso de la contratación directa y de la contratación con entidades sin ánimo de lucro para atender el Programa de Alimentación Escolar son muy graves. La contratación directa es claramente un obstáculo a la competencia abierta que frecuentemente en el caso de PAE, es disfrazada como una forma de "impulsar programas y actividades de interés público acordes con el Plan Nacional y los planes de seccionales de Desarrollo"[1] para justificar la contratación con entidades sin ánimo de lucro.

En 2015 Colombia Compra Eficiente solicitó información a 20 Entidades Territoriales Certificadas en Educación, con el apoyo del Ministerio de Educación, para poder estudiar formas alternativas de estructurar la contratación del PAE. Recibimos información suficiente solamente de Bogotá. Diseñamos con el Distrito un piloto para la compra y distribución de 59.126 refrigerios escolares en 126 instituciones educativas, en 11 localidades de Bogotá. Luego de una licitación pública, firmamos un Instrumento de Agregación de Demanda con 3 proveedores que atendieron los refrigerios durante todo el año 2016 en las instituciones educativas objeto del piloto.

En mayo de 2016 algunos Gobernadores y Alcaldes solicitaron a Colombia Compra Eficiente apoyo con un instrumento que permita atender de forma rápida, económica y eficiente el PAE: las necesidades inmediatas para la ejecución del PAE. Estructurar este instrumento con las restricciones de información mencionadas y con la rigidez de la minuta no fue viable. La falta de información confiable ha hecho que Colombia Compra Eficiente solamente pueda seguir trabajando con Bogotá para trabajar de forma conjunta en la mejor forma de satisfacer las necesidades nutricionales de la población escolar beneficiaria del Programa de Alimentación Escolar.   

Notas al pie

1 Artículo 355 de la Constitución Política de Colombia.

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